Un abogado que ejerza una actividad jurídica para dos o más partes debe retirar la representación de cualquiera de esas partes si surge una controversia entre ellas con respecto a esa actividad jurídica.
Un abogado no puede cancelar la representación, excepto por las razones por las cuales está obligado o autorizado en virtud de este Código a negarse a prestar asistencia letrada.
Si durante la representación resulta que la parte ha perdido la perspectiva de éxito sin culpa del abogado, el abogado está autorizado a cancelar la representación de la parte si no le ocasionaría un daño desproporcionado, que no podría subsanarse encomendando a la representación a otro abogado.
El abogado que canceló la representación está obligado a continuar representando a la parte hasta que encuentre otro representante, pero no más de 30 días desde la cancelación del poder.
El abogado, si es en interés de las partes, se esforzará por llegar a un acuerdo entre las partes en la controversia sin iniciar procedimientos legales o de cualquier otro tipo. El abogado se esforzará por resolver la disputa mediante un arreglo durante el tribunal u otros procedimientos, si es en interés de su parte.
El abogado no debe causar a la parte costas procesales innecesarias
En su trabajo, un abogado no debe identificarse con su cliente, pero debe permanecer al nivel de su deber como representante o abogado defensor de la parte como el https://registrocivilmalaga.top
El abogado está obligado a representar y defender conscientemente a una parte, utilizando todos los medios necesarios permitidos por la ley.
Un abogado no podrá de ninguna manera, en ausencia de una de las partes o sin su consentimiento, durante la representación, entrar en contacto con la parte contraria en relación con el caso controvertido.
Si un abogado brinda asistencia jurídica a varias partes en un mismo caso, está obligado a proteger concienzudamente los intereses de todas las partes, independientemente de cuál de ellas le haya solicitado asistencia letrada y cuál le pague una tarifa.
Un abogado no puede, mientras representa a su cliente, aceptar el ofrecimiento de la parte contraria de representarlo, ni siquiera en otro asunto.